Protecciones Legales Para Los Empleados En Las Redes Sociales
En un mundo globalizado como el de hoy en día, el uso de redes sociales en el lugar de trabajo debido al avance de la conectividad y la interacción es inevitable. Debido a esto, surge el cuestionamiento de si las redes sociales en el trabajo son una herramienta que debe ser monitoreada y controlada. La protección de la privacidad del empleado en las redes sociales se rige por medio de leyes federales y estatales en California. El propósito de esto es precautelar los derechos del empleado y el uso de las redes sociales mediante el respeto a la libertad, la intimidad y el libre desarrollo de la personalidad de los empleados respecto al tratamiento de sus datos personales.
El tema de la privacidad en las redes sociales en el lugar de trabajo llama la atención y es muy discutido en el ámbito laboral debido a las disposiciones legales sobre la protección de datos personales de los empleados. Es posible que el empleador monitoree las redes sociales y los correos electrónicos y, en consecuencia, realice el procesamiento de datos de sus empleados en ocasiones sin el consentimiento o conocimiento de este.
Se debe examinar en qué medida el ejercicio de la potestad del empleador o empresa permite el acceso al contenido de las comunicaciones realizadas por el empleado a través de aplicaciones de redes sociales, mensajería instantánea y correo electrónico. Para asegurarse de no cometer una violación de los derechos del empleado y el uso de las redes sociales, ya que las consecuencias de que el empleador monitoree y procese datos para los que no ha sido autorizado es ilegal. Para esto se debe realizar un análisis de las disposiciones legales pertinentes, especialmente las de la Protección de la Libertad de Expresión, y el derecho a la no discriminación combinado con un análisis de la jurisprudencia laboral en materia de seguimiento de privacidad del empleado en las redes sociales.
Redes Sociales Y Derechos De Los Empleados
El uso de las redes sociales en el lugar de trabajo debe ser cuidadosamente evaluado y regulado por la empresa. Si bien las redes sociales pueden ser una herramienta útil para el trabajo, también pueden ser una fuente de distracción y una pérdida de tiempo para los empleados. Cabe señalar que el trabajador es contratado para trabajar durante su jornada laboral y en consecuencia se le remunera por este. Por tanto, el empleado no puede dedicar su tiempo de trabajo a redes sociales ni a actividades distintas a aquellas para las que fue contratado. Un estudio concluyó que en California las redes sociales más visitadas son YouTube, WhatsApp, Facebook e Instagram.
En cuanto a los derechos del empleado y el uso de las redes sociales las leyes estatales y federales en California confieren garantías de privacidad para el empleado en las redes sociales, las cuales se enfocan en que sus empleadores no pueden acceder a su contenido personal y privado sin una debida autorización, y solo les será posible hacerlo si se trata de redes sociales corporativas cuyo contenido esté vinculado al trabajo. A su vez, no pueden cometer actos de discriminación, acoso laboral, represalias o despedir injustificadamente a un empleado por denunciar en sus redes sociales malas prácticas o conductas inapropiadas por parte del empleador o empresa.
Cada día, más y más empleados están conscientes de sus derechos a la privacidad en las redes sociales en el lugar de trabajo, incluso para hablar y exigir, si es necesario, mejores condiciones laborales. Todo esto no quita la recomendación de que los empleadores orienten a sus empleados sobre el comportamiento y manejo de las redes sociales a través del poder regulatorio, que puede ejercerse a través de capacitación, folletos y códigos de conducta en el trabajo.
Protegiendo Los Derechos Del Empleado Y Los Intereses Del Empleador
La protección de los derechos del empleado y el uso de las redes sociales no debería interferir con los intereses del empleador, siempre y cuando este respete según lo que dictamina la ley la privacidad del empleado en las redes sociales.
A continuación, se detallan las principales leyes que se encargan de proteger la privacidad en las redes sociales en el lugar de trabajo de los empleados:
- Ley de Empleo y Vivienda de California (FEHA)
- Leyes de Privacidad de California
- Ley de Normas Laborales Justas de California (LFSA)
- Leyes de Protección de Denunciantes de California
- Políticas de la Empresa
- Ley de Prevención del Acoso Sexual de California
- Derechos de Libertad de Expresión
¿Pueden Los Empleadores Regular La Actividad En Las Redes Sociales De Los Empleados?
La respuesta a esta pregunta es un tanto compleja, sin embargo, en un sentido amplio, de forma integral y directa, no le correspondería al empleador invadir la privacidad del empleado en las redes sociales o imponer límites al comportamiento de sus empleados en sus perfiles en las redes sociales. Esto se debe a que la vida del empleado fuera de los muros de la empresa no está sujeta a ningún control por parte de los empleadores y la ley no permite que este regule las redes sociales del empleado, ya que esto sería como permitir el control de su vida y constituiría una clara violación a los derechos del empleado y el uso de las redes sociales.
Pese a ello, la relación laboral en cuanto a la privacidad en las redes sociales en el lugar de trabajo tiene muchos aspectos para analizar y observar. La dinámica del mercado laboral tiene diferentes matices, debido a los cambios que permean las relaciones interpersonales y las innumerables variables que afectan la vida en el entorno laboral sugieren la necesidad de clarificar reglas y normas. Las actitudes y comportamientos de un empleado sean virtuales o no, pueden dañar la reputación de su empleador, no solo en relación con otros empleados, sino también en relación con la sociedad en su conjunto, trayendo graves consecuencias para la empresa.
Equilibrio Entre La Libertad Personal Y La Responsabilidad En Las Redes Sociales En El Lugar De Trabajo
Para lograr un equilibrio entre la libertad personal y la privacidad en las redes sociales en el lugar de trabajo los empleados pueden publicar temas que sean relevantes para ellos sin mencionar a la empresa con adjetivos o fotografías del lugar de trabajo. Preferiblemente fuera del horario laboral, ya que si publican algo durante el horario laboral, podría ser despedido por justa causa, ya que dejó de trabajar para estar conectado a las redes sociales. Por tanto, se puede ejercer los derechos del empleado y el uso de las redes sociales durante los períodos de descanso o de comidas, pero no es aconsejable publicar nada durante la jornada laboral.
En el reglamento interno de la empresa es importante incluir información sobre la existencia de restricciones en asuntos relacionados a las redes sociales durante el período laboral, horarios de disponibilidad de acceso a sitios web, teléfonos celulares, etc. Es importante resaltar que también se debe incluir el uso de dispositivos electrónicos con acceso a internet, ya que sería ineficaz prohibir el uso de computadoras de la empresa si los empleados acceden a internet por otros medios durante el horario laboral. Aunque no se utilice el internet de la empresa, hay que aclarar qué se puede y qué no se puede hacer en el horario laboral. Es posible obtener un equilibrio en cuanto a la privacidad del empleado en las redes sociales si ciertos aspectos son tomados en cuenta:
- Medidas de control
Se puede limitar el uso de celulares y el acceso a internet en el lugar de trabajo. Considerando que la jornada laboral incluye numerosas actividades, existen situaciones en las que los empleados que tienen más contacto con la red intranet de la empresa la utilizan para fines personales. Utilizar demasiado tiempo las redes sociales y el correo electrónico para resolver problemas personales en el entorno empresarial no es un comportamiento apropiado.
- Causas que pueden terminar en sanciones
Si en una empresa se determina la restricción del uso de redes sociales en el lugar de trabajo, con la debida información al empleado, y este incumpliera esta política, el empleador podrá aplicar las sanciones aplicables tales como amonestación, suspensión, observando siempre el principio de razonabilidad, e incluso despido por justa causa. Dicho esto, las empresas tienen derecho a bloquear el acceso a ciertos sitios considerados peligrosos, monitorear el uso de las computadoras y determinar cómo se pueden utilizar las herramientas. Recordando que los sanciones solo se pueden aplicar si existen reglas claras. Por tanto, la mejor manera de proteger a ambas partes es tener una política transparente y bien publicitada.
Las normas internas deben establecer claramente lo que se puede hacer y lo que está prohibido, ya que para algunos intérpretes de la ley, lo que no está prohibido está permitido. Por lo tanto, las regulaciones deben ser visibles, en un lenguaje claro para que el empleado sepa que está ingresando a un ambiente monitoreado y pueda tomar decisiones.
- Evitar la invasión de privacidad
En este sentido, las relaciones laborales no pueden quedar al margen. Es fundamental mencionar que la legislación laboral reconoce la potestad del empleador para supervisar las actividades profesionales de sus empleados sin invadir su privacidad. El inspeccionar a los empleados, controlar el uso de internet o hacer uso de cámaras de vigilancia, sin su conocimiento, representa un abuso de poder por parte del empleador y una violación de derechos del empleado. Todo acto abusivo que afecte la dignidad del empleado según lo indica la ley, está sujeto a indemnización por daño moral.
- Bajo rendimiento o cyberslacking
En otras palabras, este es el término utilizado para designar la vagancia en línea que se lleva a cabo durante el horario laboral. Es una práctica común, y ha ido en aumento ya que la cantidad de sitios web e información en internet no relacionada con asuntos laborales es gigantesca, lo que genera distracciones innecesarias en el lugar de trabajo. Esta situación ha provocado una serie de dudas e inquietudes entre los empleadores respecto al seguimiento del uso del correo electrónico, las redes sociales y el internet en general, principalmente para fines personales, en el lugar de trabajo y durante el horario laboral.
Preservando Los Derechos Del Empleado Y La Profesionalidad
Es necesario reevaluar la forma en que se maneja la privacidad del empleado en las redes sociales, para que su control no exceda los límites legales y éticos, ni transgreda los derechos a la privacidad en las redes sociales en el lugar de trabajo de los empleados. Toda empresa tiene que, contar con principios de profesionalidad que guíen sus operaciones y políticas, creando un clima de respeto entre empleados y empleadores. Al momento de su contratación, generalmente se informa al empleado de la misión, visión y valores de la empresa, de manera que conozca estos principios y políticas, comprometiéndose a seguirlos mientras mantenga la relación laboral.
Independientemente de la política adoptada en la empresa, es importante que el empleado, comprenda que el acceso constante a las redes sociales durante el trabajo compromete la concentración y la realización de las tareas. Este entendimiento ciertamente conduce a un compromiso responsable y compartido entre superiores y trabajadores. Después de todo, cuando un bando resulta perjudicado, el resultado nunca es positivo y los impactos siempre son perjudiciales. Se enumeran consejos sencillos para preservar los derechos del empleado y mantener el lugar de trabajo más productivo y profesional con respecto al uso de redes sociales:
- Establecer horarios para acceder a las redes sociales
No es necesario que deje de acceder a su perfil, pero debe hacerlo a una hora predefinida. Lo ideal es que sea en los momentos de descanso de los turnos de trabajo. Ciertamente, 20 minutos en cada turno son más que suficientes para acceder a tu perfil. En principio, este consejo también vale para empresas que controlan el acceso. Es decir, conceder acceso en determinados intervalos puede dar buenos resultados para que los empleados descansen.
- Separar la vida online de la profesional
Por más que las redes sociales estén presentes en nuestro día a día, es fundamental entender que es lo más importante. Valorar las redes sociales más que el trabajo es un tipo de comportamiento que puede causarle complicaciones en su entorno laboral. Se debe mantener enfocado en los objetivos personales y profesionales. La mayoría de las empresas no permiten el acceso a las redes sociales en el trabajo, al entender que afecta la productividad de los empleados, además de generar desconcentración o baja calidad en las tareas.
- Mantener la confidencialidad de asuntos de la empresa
Bajo ninguna circunstancia el empleado debe hacer comentarios o divulgar información confidencial de la empresa en las redes sociales, siempre se debe prestar atención a la ética profesional. Los derechos del empleado y el uso de las redes sociales no libera de responsabilidad a quienes hacen un mal manejo de estas.