Open/Close Menu Firma de Abogados de Lesiones Personales
Indemnización En Caso De Muerte Por Atropello

La muerte producto de un atropello constituye un daño indescriptible, ya que la vida humana representa algo insustituible e irreparable. Lamentablemente, los accidentes fatales en las calles o vías son bastante comunes en Estados Unidos. En primera instancia, no importa quién tuvo la culpa o qué causó la muerte. La principal preocupación es cómo vivir con la pérdida terrible e irreparable. Con el paso de los días, las indagaciones sobre el hecho comienzan a traer algunas interrogantes y, junto a ellas, también surgen las dudas: ¿Quién tiene derecho a la indemnización?, ¿qué hacer para conseguirla?, ¿de quién es la responsabilidad?, etc. son algunas de las más comunes incógnitas que se plantean los familiares de la víctima.

De hecho, nada traerá de vuelta al ser querido, pero lo justo es reclamar sus derechos y buscar una indemnización por los daños sufridos por la muerte en caso de un atropello. A pesar de que, el principio básico del derecho a la indemnización nunca funciona plenamente en caso de muerte, ya que esta es objetiva y subjetivamente imposible de reparar. Como familiar de la víctima que afortunadamente le sobrevivió podría enfrentar una serie de obstáculos luego de un suceso de tal magnitud. Por ende, este tipo de casos deben ser tratados con mucho respeto y cautela, por lo cual resulta ideal el optar por el respaldo de un profesional especialista en demandas por atropellos.

 

INDEMNIZACIÓN DE MUERTE POR ATROPELLO

La pretensión de reparación civil, en cualquier supuesto, está íntimamente ligada a la responsabilidad del causante del daño en atención al nexo de causalidad. Es el deber de reparar al perjudicado, con el fin de posibilitar su retorno al status quo. La indemnización del daño debe consistir en la recomposición íntegra, de modo que la víctima sea restituida a su estado inicial.

Sin embargo, uno de los principales problemas que enfrentan los abogados es la determinación del valor de la indemnización por daños morales como consecuencia de la muerte. En teoría, el valor del daño se aplica con atención a una doble función: minimizar el dolor de la víctima y castigar al infractor, para que el hecho no se repita. Ciertamente no es posible cuantificar financieramente el dolor emocional a causa de la muerte de un ser querido.

 

¿CÓMO RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN DE MUERTE POR ATROPELLO?

En una demanda de muerte por atropello el o los familiares de la víctima deben realizar una serie de procesos necesarios para poder reclamar y recibir una indemnización por todos los daños, tanto económicos como no económicos surgidos a partir de su pérdida. A continuación, se detallan algunos de los pasos a seguir:

  • Reclamación a la compañía de seguros: debe hacerse lo más pronto luego del fallecimiento de la víctima, ya que el seguro debe responsabilizarse económicamente por todos los daños ocasionados.
  • Presentación de una demanda civil: debe hacerse dentro del límite de tiempo establecido en el estatuto de limitaciones para este tipo de demandas según las leyes del estado donde este ocurra, se cuenta desde la fecha en que ocurre la muerte.
  • Investigación del suceso: es deber de su abogado iniciar las debidas indagaciones que le permiten determinar con certeza quién es el o los causantes del atropello, además de reunir una cantidad considerable de pruebas que respalden lo estipulado en la demanda.

 

EL PROBLEMA DE LA CULPA EN LOS ATROPELLOS

Cuando se produce un accidente, además del cuidado a la salud de las víctimas, uno de los primeros puntos a analizar es la relación entre culpa y responsabilidad por el accidente. Existen innumerables formas en las que puede ocurrir un accidente y, por tanto, cada caso debe analizarse individualmente.

Por regla general, el responsable del accidente es quién pagará la indemnización, y puede clasificarse en:

  • Responsabilidad de la propia víctima

A veces, la persona más afectada (que más secuelas sufre o incluso llega a morir) es la persona que provocó el accidente. La víctima puede haberse quedado dormida al volante o haber perdido el control del vehículo a gran velocidad, por ejemplo.

En ese caso, como la propia víctima causó el daño, no puede reclamar responsabilidad alguna a los demás.

  • Responsabilidad de un conductor tercero

En algunos casos, otra persona puede tener la culpa, por ejemplo, un conductor que hace caso omiso de una señal y colisiona o se detiene, provocando la muerte de otra persona.

Siguiendo la lógica de que, por regla general, quien provocó el accidente será el responsable de reparar los daños, en este caso, será el conductor. Los familiares de las víctimas de muerte por atropello tienen derecho a una indemnización si sufren daños causados ​​por terceros.

Para fijar la cuantía de una indemnización en caso de atropello, también es necesario acreditar si la culpa es exclusiva del conductor o si puede existir una posible concurrencia de faltas. El simple hecho de que se trate de un atropello no significa que la culpa sea únicamente del conductor, ya que las víctimas también están obligadas a respetar las normas de tránsito y pueden ser consideradas parcialmente responsables si las incumplen.

 

¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR ESTA INDEMNIZACIÓN?

Para realizar una demanda por este tipo de incidentes sus abogados de atropellos deben establecer lo que se denomina como “conexión emocional”.

Esta conexión emocional establece en demandas civiles la legitimidad para reclamar la reparación del daño sufrido. Esta suele recaer sobre los parientes con el mayor grado de relación a la víctima directa. Por motivo de que, en este tipo de situaciones son las personas con las que se comparten los vínculos familiares o afectivos más cercanos, los más perjudicados por la pérdida de un ser querido. Entre estos se encuentran:

  • Familiares en línea directa, tales como el cónyuge sobreviviente o pareja de hecho.
  • Familiares en línea directa, tales como hijos sobrevivientes.
  • Familiares en línea directa, tales como los padres del fallecido, solo en caso de no existir un cónyuge o hijos sobrevivientes.
  • Un representante legal del patrimonio de la persona fallecida, cuando no existan familiares cercanos como los anteriormente mencionados.

El daño moral sufrido por los familiares de la víctima fallecida, también denominado perjuicio de afecto es un tipo de daño que afecta directamente a los parientes de las víctimas, y constituye uno de los principales tipos de daño moral en sentido estricto (prima dolor). La indemnización se busca como paliativo del sufrimiento psíquico causado por el hecho, por lo que es de carácter individual, presentando cada situación sus propias peculiaridades, pudiendo variar su gradación según el grado de afinidad o proximidad del parentesco con la víctima.

 

PARÁMETROS PARA CALCULAR LA INDEMNIZACIÓN

Para estos reclamos se establecen ciertos parámetros o principios de reparación integral (indemnización) según las leyes de cada estado. En estos se determinan las circunstancias que deben ser tenidas en cuenta en el arbitraje para una indemnización por daño moral y económico.

a) la gravedad del hecho en sí y sus consecuencias para la víctima (dimensión del daño);

b) la intensidad de la intención o el grado de culpabilidad del agente (culpabilidad del agente);

c) la posible participación culpable de la parte ofendida (culpa concurrente de la víctima);

d) la condición económica del infractor;

e) las condiciones personales de la víctima (posición política, social y económica).

Se debe tener en cuenta que la reparación de los daños, especialmente la cuantificación de los no económicos es uno de los problemas más delicados de la práctica legal actual, dada la dificultad de establecer criterios objetivos para definir la cuantía de la indemnización por la pérdida de una vida. Al analizar la solicitud de daño moral, el jurado es libre de evaluar y valorar la indemnización dentro de los parámetros pretendidos por las partes, pero la fijación del valor dependerá de las circunstancias del caso concreto y de la sensibilidad de cada juez.

Esto significa que, dentro de cada caso analizado, se debe considerar el tipo de ocurrencia, el sufrimiento de la persona y de los familiares, y las consecuencias psicológicas ocasionadas en relación con la víctima. En cuanto a la persona del infractor, es necesario analizar la gravedad de su conducta, su situación económica y sus sentimientos para causar el daño.

 

¿QUÉ HACER EN CASO DE UNA MUERTE POR ATROPELLO?

  • Cuando se produce un accidente grave lo primero que se debe hacer es llevar a la víctima al hospital y llamar a la policía para que levanten el parte del incidente. A partir de ese día se abre una investigación para dar con el posible conductor responsable en el contexto del accidente.
  • Una vez identificado el conductor que provocó el accidente, se tendrá que presentar una demanda. Donde el culpable podrá ser condenado por un delito de responsabilidad con pena de prisión o pago de una indemnización, según la situación.
  • Para ello, necesitará la ayuda de un abogado especializado. En la demanda, el abogado expondrá todo lo sucedido, reunirá todas las pruebas y pedirá una indemnización por la muerte causada debido al atropello.

© 2024 AbogadosConExperiencia.com Privacy Policy
Abogado Experience is trademark and dbe for the Heidari Law Group

 

 

 

 

 

Call Now Button