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Discriminación Abogados Por Discapacidad De Oxnard

Abogados Especializados En Discriminación Por Discapacidad De Oxnard

 

La discriminación por discapacidad en Oxnard, California, es una violación de las leyes federales y estatales que protegen los derechos de las personas con discapacidades en el lugar de trabajo y otras áreas de la vida pública. Tal discriminación puede tener un impacto profundo en las personas afectadas, obstaculizando sus oportunidades de empleo, avance y participación igualitaria en la sociedad. Esto es lo que necesita saber sobre la discriminación por discapacidad en Oxnard:

 

¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE DISCAPACIDAD?

La ADA y la FEHA definen la discapacidad de manera amplia para incluir impedimentos físicos o mentales que limitan sustancialmente una o más actividades importantes de la vida. Esto puede abarcar una amplia gama de afecciones, incluidas discapacidades físicas, trastornos de salud mental y afecciones médicas. La discriminación por discapacidad está prohibida por varias leyes federales y estatales, incluida la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y la Ley de Vivienda y Empleo Justo de California (FEHA).

 

FORMAS EN LAS QUE SE PUEDE PRESENTAR LA DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD

La discriminación por discapacidad puede manifestarse de diversas formas, como por ejemplo:

  • No contratar o promover a una persona calificada con una discapacidad.
  • Acoso o ambiente de trabajo hostil por motivo de discapacidad.
  • Negación de adaptaciones razonables.
  • Despido o descenso de categoría por incapacidad.
  • Represalias contra personas que hacen valer sus derechos bajo la ADA o FEHA.

 

¿CÓMO SABER SI ES VÍCTIMA DE DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD?

¿Te han dejado pasar para un ascenso? ¿Sospecha que no lo contrataron debido a su discapacidad? ¿Tus compañeros de trabajo te tratan de manera diferente? Todo esto puede indicar discriminación por discapacidad. La mejor manera de determinar si es víctima de discriminación por discapacidad es hablar sobre sus experiencias con nuestros abogados de discriminación por discapacidad en California. Siéntate y cuenta tu historia. Estamos aquí para escuchar. Determinaremos qué acción legal debe tomar. Si usted es víctima de discriminación, no siempre queda del todo claro.

 

COMPENSACIÓN PARA CASOS DE DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD

La compensación por discriminación por discapacidad en Oxnard, California, puede variar según las circunstancias específicas del caso, el alcance del daño sufrido por la víctima y los recursos legales disponibles según las leyes federales y estatales contra la discriminación. Las personas que sufren discriminación por discapacidad pueden tener derecho a diversas formas de compensación, que pueden incluir lo siguiente:

  • Pago retroactivo: esto incluye compensación por sueldos, salarios y beneficios que la víctima habría ganado si no fuera por la discriminación. El pago atrasado generalmente cubre el período desde la fecha de la acción discriminatoria (por ejemplo, despido, degradación) hasta la fecha del acuerdo o sentencia judicial.
  • Pago anticipado: en los casos en que la víctima no pueda ser reintegrada a su puesto anterior o la discriminación haya causado un daño financiero a largo plazo, es posible que tenga derecho a un pago anticipado. El pago anticipado es una compensación por la pérdida futura de salarios y beneficios.
  • Daños por angustia emocional: Las víctimas de discriminación por discapacidad pueden experimentar angustia emocional como resultado de la discriminación. Los daños por angustia emocional pueden incluir compensación por dolor, sufrimiento, ansiedad, depresión y otros daños emocionales o psicológicos causados por la discriminación.
  • Daños punitivos: en casos que impliquen una conducta particularmente atroz por parte del empleador, se pueden otorgar daños punitivos. Los daños punitivos están destinados a castigar al empleador y disuadir comportamientos similares en el futuro. Por lo general, se otorgan además de los daños compensatorios.
  • Honorarios de abogados y costos legales: si la víctima prevalece en una demanda por discriminación por discapacidad, el tribunal puede ordenar al empleador que pague los honorarios del abogado y los costos legales de la víctima. Esto garantiza que las víctimas no tengan que soportar los costos financieros de emprender acciones legales.
  • Medidas cautelares: en algunos casos, el tribunal puede emitir medidas cautelares, que requieren que el empleador tome acciones específicas para remediar la discriminación. Esto podría incluir proporcionar adaptaciones razonables, implementar políticas contra la discriminación o realizar capacitación para los empleados y la gerencia.
  • Reincorporación: Si la víctima fue despedida injustamente, degradada o en desventaja debido a discriminación, el tribunal puede ordenar su reintegración a su puesto anterior o a un puesto equivalente con el mismo salario y beneficios.

 

¿QUÉ SON LAS ADAPTACIONES RAZONABLES EN EL LUGAR DE TRABAJO?

Una adaptación razonable en el lugar de trabajo puede adoptar muchas formas. Aquí hay algunos ejemplos que se enumeran a continuación:

  • Horarios de trabajo flexibles que permiten a un empleado recibir tratamiento médico.
  • Teletrabajo para permitir que un empleado discapacitado trabaje desde casa
  • Deberes laborales reestructurados para que otras tareas, como levantar objetos pesados, sean realizadas por otros empleados.
  • Proporcionar equipos para hacer accesible el lugar de trabajo.
  • Proporcionar herramientas como lectores de pantalla o audífonos que permitan a la persona discapacitada realizar sus tareas laborales.
  • Permitir perros de asistencia en el lugar de trabajo.

 

RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADORES HACIA EMPLEADOS CON DISCAPACIDADES

Los empleadores tienen la obligación de proporcionar adaptaciones razonables. No tienen que proporcionar las adaptaciones preferidas por un empleado y sólo tienen que proporcionar adaptaciones que no creen una dificultad indebida en la economía y/o el funcionamiento del lugar de trabajo del empleador. Si una adaptación es razonable o supone una dificultad indebida para el empleador, se tiene en cuenta el tamaño y la capacidad económica del empleador, así como el costo, los gastos y los trastornos asociados con la adaptación.

La ley exige que una vez que un empleador tenga conocimiento de la discapacidad de un empleado y/o de cualquier dificultad en el lugar de trabajo asociada con una discapacidad, el empleador y el empleado tienen el deber de participar en un proceso interactivo de buena fe para discutir posibles adaptaciones. Un empleador que no participa en un proceso interactivo de buena fe está violando la ley y puede estar sujeto a daños y perjuicios por su violación de la ley.

Un empleado también tiene el deber de participar en el proceso de adaptación de buena fe. Con ese fin, un empleador puede solicitar una certificación médica de la discapacidad y puede intentar interactuar con los proveedores médicos del empleado como parte del proceso de adaptación razonable para determinar cuál sería una adaptación adecuada. Los empleados que no participan en un proceso interactivo de buena fe y que como resultado pierden su trabajo no tienen derecho a recuperación.

Si hay una falla en el proceso interactivo que conduce al despido o degradación, los tribunales buscan quién fue el responsable de la falla. Por lo tanto, en cualquier situación en la que interactúe como parte de un proceso de adaptación, es importante documentar por escrito su participación. Esa documentación debe enviarse con copia a su supervisor o a RR.HH.

Los empleadores no pueden discriminar a los empleados actuales o potenciales por motivos de discapacidad. Es posible que no le pregunten como parte de un cuestionario previo al empleo si está discapacitado. Un empleador que le haya ofrecido un puesto puede preguntarle si necesita alguna adaptación.

Un empleador puede negarse a ofrecerle un trabajo o destituirlo si su discapacidad crea un riesgo legítimo para la salud de otros. Por ejemplo, se ha considerado legal impedir que los epilépticos que sufren convulsiones operen autobuses, trenes, etc., debido a riesgos legítimos para la salud. Estos riesgos, sin embargo, deben ser legítimos y no meramente especulativos.

 

PÓNGASE EN CONTACTO CON UN ABOGADO DE DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD DE ABOGADOS CON EXPERIENCIA

Si está buscando más información sobre discriminación por discapacidad o desea una evaluación gratuita de su caso, llámenos hoy a Abogados con Experiencia, tenemos un amplio historial en el manejo de casos de este tipo en los EE. UU. Nuestros abogados trabajan con honorarios de contingencia, lo que significa que no tiene que pagar a ninguno de nuestros abogados por adelantado hasta que su caso se haya resuelto o haya ganado un juicio. 

La idea de tratar de buscar justicia y una compensación después de sufrir una vulneración a sus derechos laborales puede parecer abrumadora, o incluso innecesaria, pero usted merece ser compensado por esta acción de la otra persona. Comuníquese hoy y reciba una consulta gratis con un abogado especializado en discriminación por discapacidad de Oxnard.

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