Open/Close Menu Firma de Abogados de Lesiones Personales
Abogados De Lesiones Por Agresión Sexual

ABOGADOS DE LESIONES POR AGRESIÓN SEXUAL DE SANTA ANA

Es una pena pero en la actualidad salir a la calle, ya sea de fiesta o no, puede terminar en un día o noche de terror. No hay seguridad ni certeza de que cualquier persona no sea victima de una agresión sexual, incluso en los lugares que creemos nos encontramos protegidos podemos sufrir estos actos que nos dejan marcados de por vida.

Usted no tiene que pasar por este proceso sola o solo, muchas veces interactuar con el agresor genera más problemas psicológicos en la víctima, deje que Abogados con Experiencia a través de su equipo legal trate directamente con la otra parte y obtenga la compensación por los daños que le causó. Recuerde que la vía civil es muy aparte de la vía penal, puede acceder a ambas o a una de ellas, conforme usted desee.

LUGARES DONDE SUCEDEN LAS AGRESIONES SEXUALES

La triste realidad es que la agresión sexual puede ocurrir en cualquier lugar, incluso en San Bernardino. Conforme a las estadísticas, es más probable que ocurra abuso sexual por una persona que usted conoce e incluso un ser que ama. Es importante que usted sepa, que si el abuso ocurrió en un espacio público, como una empresa u organización, puede existir más de un responsable.

Estos lugares podrían incluir:

  • Iglesias
  • Guarderías
  • Centros de enfermería especializada
  • Instituciones de aprendizaje o campus universitarios
  • Organizaciones deportivas
  • Organizaciones comunitarias
  • Lugar de trabajo

LESIONES POR AGRESIÓN SEXUAL

Las lesiones causadas por la agresión sexual pueden ser de gran alcance, es por eso que usted puede presentar un reclamo por daños incluso si su atacante no logró completar la violación. Le indicaremos cuales son las lesiones más comunes, entre las que se encuentran:

¿QUÉ SE CONSIDERA ABUSO SEXUAL EN CALIFORNIA?

Hay varias actuaciones en el estado de California que podrían considerarse como abuso sexual. Esto incluye, pero no se limita a, lo siguiente:

  1. Violación.- es un delito cometido si una persona tiene relaciones sexuales con otra persona sin su consentimiento. Se puede cometer haciendo uso de la violencia o intimidación, cuando una persona no puede resistir debido a la intoxicación, cuando una víctima está inconsciente, cuando una víctima es incapaz de dar su consentimiento debido a una discapacidad mental o física, y más. Además, una persona puede ser condenada por violación de su cónyuge en la mayoría de las mismas circunstancias.
  2. Actos forzados de penetración sexual.- se da cuando hay una penetración forzada de los órganos sexuales que se produce en las mismas circunstancias no consentidas que en un caso normal de violación.
  3. Cópula oral.- se comete siempre que exista cópula oral de la boca de una persona con un órgano sexual o el ano de otra persona que no sea consentida.
  4. Agresión sexual.- sucede cuando el perpetrador toca las partes íntimas de otra persona bajo los mismos tipos de circunstancias no consentidas mencionadas y un caso normal de violación. No tiene que implicar ninguna penetración.
  5. Agresión sexual agravada de un niño.- cuando se comete agresión sexual agravada de un niño menor de 14 años que es siete o más años menor que el delincuente. Esto puede incluir violación, sodomía, cópula oral o penetración sexual forzada en las mismas circunstancias mencionadas para el delito de violación.
  6. Relaciones sexuales ilícitas con una persona menor de 18 años.- conocida como estupro y ocurre cuando el acto sexual se lleva a cabo con una persona que no es el cónyuge del perpetrador, cuando la víctima es menor de edad y el perpetrador es un adulto mayor de 18 años. Esto puede incluir actos sexuales “consensuales”.
  7. Actos sexuales con un niño de 10 años o menos.- este delito implica violación, sodomía o cópula oral cuando el delincuente tiene al menos 18 años y la víctima tiene 10 años o menos.

DIFERENCIA ENTRE ABUSO SEXUAL Y AGRESIÓN SEXUAL EN CALIFORNIA

Si bien los términos agresión sexual y abuso sexual a veces se usan indistintamente, existen diferencias entre los dos términos. La Sección 243.4 del Código Penal de California define la agresión sexual como el delito de tocar la parte íntima del cuerpo de otra persona en contra de su voluntad y mientras está sujeta.

Esa definición también requiere que el perpetrador haga esto para su propia excitación o gratificación sexual o para abusar de la víctima. El término “abuso sexual” se usa más comúnmente cuando la víctima es menor de edad, también se usa a menudo para describir un patrón continuo o constante de agresión o abuso sexual que ocurre con el tiempo.

¿QUIÉN PUEDE SER CONSIDERADO ECONÓMICAMENTE RESPONSABLE POR LAS LESIONES POR AGRESIÓN SEXUAL EN CALIFORNIA?

La agresión sexual es un agravio intencional, es por eso que su atacante puede ser considerado financieramente responsable por las lesiones que sufrió en el ataque. La mayoría de los reclamos por lesiones por agresión sexual se basan en seguridad negligente. Los dueños de propiedades en California están obligados a proporcionar la seguridad adecuada según las leyes de responsabilidad de locales, es por eso que si usted fue lesionado mientras se encontraba en dicho lugar, el propietario será responsable.

Ejemplos de partes responsables incluyen:

  • Colegios y universidades
  • Hoteles
  • Hospitales
  • Hogares de ancianos
  • Complejos de apartamentos
  • Bares, restaurantes, clubes nocturnos y otros dueños de negocios
  • Operadores de garajes de estacionamiento
  • Complejos deportivos y lugares de entretenimiento
  • La ciudad de San Bernardino y otras agencias gubernamentales
  • El empleador del delincuente sexual, si estaba trabajando en el momento del ataque

ESTATUTO DE LIMITACIONES DE CALIFORNIA

En casos civiles, California se rige por un estatuto de limitaciones, que establece cuánto tiempo tiene una persona para presentar una demanda civil. La cantidad de tiempo que alguien tiene para presentar una demanda varía según el caso específico.

En California, las víctimas que eran menores de edad en el momento del abuso tienen hasta 22 años para denunciar el delito y presentar la demanda, en cambio los adultos tienen un plazo de 10 años para presentar una demanda. Recuerde que es muy importante que presente la acción dentro del tiempo, o sino su derecho prescribirá y el tribunal se la archivará.

¿QUÉ DAÑOS PUEDEN SER COMPENSADOS MEDIANTE UN RECLAMO?

Si usted presenta un reclamo dentro del término, puede solicitar que el responsable le pague una compensación que abarque los siguientes daños:

  • Tratamientos médicos
  • Servicios de salud mental
  • Consejería y terapia
  • Medicamentos recetados
  • Pérdida de ingreso
  • El costo de la reubicación en una nueva área
  • Angustia emocional y daños por angustia mental
  • Dolor físico y sufrimiento daños
  • Costos judiciales y honorarios legales

PÓNGASE EN CONTACTO CON UN ABOGADO DE LESIONES POR AGRESIÓN SEXUAL EN ABOGADOS CON EXPERIENCIA

Si está buscando más información sobre lesiones por agresión sexual o desea una evaluación gratuita de su caso, llámenos hoy a Abogados con Experiencia al 1 (800) 804-6888. No tienes que enfrentarte a los tribunales solo, nuestro equipo de abogados de lesiones personales tiene un amplio historial en el manejo de casos de este tipo en los EE. UU.

La idea de tratar de buscar una compensación después de haber sufrido una lesión puede parecer abrumadora, o incluso innecesaria, pero usted merece ser compensado por las injusticias que ha sufrido a manos de la negligencia de otra persona. Llámenos y reciba una consulta gratis con un abogado especializado en lesiones por agresión sexual de Santa Ana hoy.

© 2024 AbogadosConExperiencia.com Privacy Policy
Abogado Experience is trademark and dbe for the Heidari Law Group

 

 

 

 

 

Call Now Button