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ABOGADOS DE LA LEY DE LIMÓN EN CALIFORNIA

 

¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY?

La Ley Limón del estado de California otorga protección a los bienes de consumo que se compran o arriendan para uso personal, familiar o doméstico, esta ley se aplica a la mayoría de los bienes de consumo, pero tiene ciertas excepciones como: ropa y bienes de consumo (frutas, verduras, cosméticos y medicamentos de venta libre).

Conforme a lo dispuesto en esta ley, si un fabricante no puede reparar el bien después de un número razonable de intentos de reparación, lo deberá reemplazar o reembolsar el dinero del consumidor por el producto defectuoso. En este artículo nos centraremos en los vehículos. La Ley de Limón en el estado de California se aplica exclusivamente a los vehículos con garantías existentes.

 

¿QUÉ CUBRE LA LEY DE LIMÓN DE CALIFORNIA?

La Ley de Limón del estado de California tiene una cobertura para los autos nuevos, usados y rentados. Siempre que tengan la garantía del fabricante. A continuación, le indicamos los autos que la Ley de Limón cubre:

  • Automóviles, camionetas, todoterrenos, motocicletas. También cubre el chasis, la cabina del chasis y el tren de transmisión de una casa rodante.
  • Vehículos propiedad del concesionario.
  • Vehículos comprados o arrendados para fines personales, familiares o domésticos.
  • Muchos vehículos que se compran o arriendan principalmente para uso comercial.

La Ley de Limón no cubre lo siguiente:

  • Vehículos que no están registrados bajo el Código de Vehículos de California.
  • Vehículos que han sido abusados.

 

¿CUÁNDO SE APLICA LA LEY DE LIMÓN?

La Ley de Limón de California puede ser aplicada cuando el propietario/arrendatario ha realizado un número “razonable” de intentos de reparación y el automóvil sigue defectuoso, esto se conoce como presunción de la Ley de Limón. Esta podrá ser aplicada si todo lo siguiente es cierto:

  1. Los problemas que tiene su automóvil se encuentran cubiertos por la garantía del fabricante.

  2. El problema ocurrió por primera vez dentro de los 18 meses posteriores a la entrega o dentro de las 18,000 millas, lo que ocurra primero.
  3. El problema reduce el uso, el valor o la seguridad del vehículo para usted, y estos no fueron causados por abuso.
  4. Si la garantía o el manual del propietario lo requieren, usted notificó al fabricante sobre los problemas.

Y si alguna de las siguientes también es cierta:

  1. Su automóvil ha entrado al taller para ser reparado cuatro o más veces por el mismo problema y aún no está reparado.
  2. Su automóvil ha entrado al taller para ser reparado dos o más veces por un problema que es lo suficientemente grave como para ocasionar la muerte o lesiones corporales graves, pero no se ha solucionado.
  3. Su automóvil ha estado en el taller por más de 30 días (no es necesario que sean días seguidos) para la reparación de cualquier problema cubierto por la garantía.

Si su automóvil cumple con estos criterios, se entenderá que usted ha realizado una cantidad razonable de intentos de reparación y lo más probable es que tenga derecho a un reemplazo o un reembolso conforme a la Ley de Limón.

 

¿EXISTE UN LÍMITE DE TIEMPO PARA APLICAR LA LEY DEL LIMÓN DE CALIFORNIA?

Si usted tiene un bien que puede considerarse limón conforme a lo dispuesto en la ley, debe tener presente que existe un plazo de prescripción de cuatro años, es decir, usted deberá presentar su reclamo antes de que transcurran los cuatro años. Es por esta razón que es muy importante que no espere hasta el último minuto para presentar su reclamo, ya que este será negado.

 

¿LA LEY DE LIMÓN DE CALIFORNIA SE LIMITA A LOS VEHÍCULOS?

Como explicamos en párrafos anteriores no, no se limita a vehículos únicamente. Conforme lo dispuesto en la Ley de Limón del estado de California, los electrodomésticos (ejemplos: refrigeradores, congeladores, cocinas, hornos de microondas, lavadoras, secadoras, lavavajillas, trituradores de basura) también están cubiertos, siempre que el electrodoméstico se use normalmente o se haya vendido para uso personal, fines familiares o domésticos.

CÓDIGO CIVIL DE CALIFORNIA, SECCIÓN 1790-1790.4

1790. Este capítulo puede citarse como la “Ley de Garantía del Consumidor de Song-Beverly”.

1790.1. Cualquier renuncia por parte del comprador de bienes de consumo a las disposiciones de este capítulo, salvo lo dispuesto expresamente en este capítulo, se considerará contraria al orden público y será inaplicable y nula.

1790.2. Si alguna disposición de este capítulo o la aplicación de la misma a cualquier persona o circunstancia se declara inconstitucional, dicha invalidez no afectará a otras disposiciones o aplicaciones de este capítulo que puedan hacerse efectivas sin la disposición o aplicación inválida, y con este fin se aplicarán las disposiciones de este capítulo son divisibles.

1790.3. Las disposiciones de este capítulo no afectarán los derechos y obligaciones de las partes determinadas por referencia al Código de Comercio excepto que, cuando las disposiciones del Código de Comercio entren en conflicto con los derechos garantizados a los compradores de bienes de consumo bajo las disposiciones de este capítulo, las disposiciones de este capítulo prevalecerán.

1790.4. Los recursos proporcionados por este capítulo son acumulativos y no se interpretarán como una restricción de ningún recurso que esté disponible de otro modo y, en particular, no se interpretarán como suplantadores de las disposiciones de la Ley de Prácticas Desleales.

 

¿CÓMO PUEDE UN ABOGADO DE LA LEY DE LIMÓN AYUDARLO?

Las personas que son propietarios de un producto defectuoso suelen tener obstáculos frustrantes al momento de presentar su reclamo de la Ley de Limón por su cuenta. Es muy probable que desconozca los pasos que debe seguir en el proceso y/o qué documentación necesita para respaldar su reclamo.

A su vez, es complicado negociar con los fabricantes y distribuidores, por lo que muchos consumidores también tienen problemas para obtener el reembolso o el reemplazo que merecen. Por estas razones, es mejor contratar a un abogado que pueda guiarlo a través del proceso de presentación de un reclamo, quien lo ayudará a reunir evidencia y presentar su reclamo, tambien trabajará directamente con el fabricante del vehículo para garantizar que su reclamo se procese de manera oportuna.

 

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Es normal que cuando compramos un bien creemos que este va a estar en perfectas condiciones y no nos va a dar problemas sino hasta cuando haya transcurrido un tiempo, pero no siempre sucede esto, en ciertas ocasiones los bienes vienen con productos de fábrica. Uno de los casos más comunes en lo que se aplica la Ley de Limón es cuando uste compra o arrienda un automóvil en California y siempre va acude al taller de reparación por problemas repetidos, es por eso que está se aplica para recuperar su dinero.

Si usted ha comprado un bien y este le ha dado problemas desde el primer día puede usted encontrarse amparado por la Ley de Limón, continúe leyendo este artículo para que se informe sobre la Ley de Limón, quienes están protegidos, qué tiempo tiene para aplicar y otras interrogantes. En Abogados con Experiencia contamos con un equipo de profesionales que tienen experiencia en la aplicación de la Ley de Limón y lucharán por sus intereses. Llámenos hoy y reciba una consulta gratuita.

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